Propuesta sobre la cuota desata choque entre JCE y oposición
El PRM apoya la decisión y la oposición dice que es ilegal y afecta las alianzas porque limita reserva de cargos grandes
La Junta Central Electoral (JCE,) en el borrador de resolución para la aplicación del 20% de la reserva de las candidaturas, varió el criterio que aplicó el órgano en 2019. Antes la cuota fue nacional y ahora por nivel de elección y la propuesta ha generado el rechazo de los partidos de oposición y el apoyo del oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM).
Conforme a la propuesta de la JCE, de un total de 2 mil 749 candidaturas que las organizaciones tendrán que escoger en octubre de este año, solo podrán reservarse 550 y dividida en los distintos niveles de elección.
De esa cantidad, serían 6 de 32 senadores; 38 de 190 diputados; 32 de 158 alcaldías; 233 de mil 164 regidores; 47 de 235 directores de distritos e igual número para los subdirectores.
Los partidos de oposición Fuerza del Pueblo (FP) y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) han expresado su rechazo a la propuesta de aplicación del 20% de reserva para la alta dirigencia de los partidos.
En tanto, la miembro titular del organismo, Dolores Fernández, emitió un voto disidente y propone que la cuota sea nacional en lugar de nivel de elección.
El argumento de la JCE
La JCE tomó como base para su decisión una sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) de 2019 en la que interpreta que la ley se refiere a la cuota por nivel de elección y no nacional.
“En efecto, en aquellas demarcaciones en que los partidos políticos se hayan reservado posiciones y que el resultado de las primarias o procesos de selección a lo interno haya arrojado imposibilidad en cubrir la proporción de género para la presentación de las listas de candidaturas, entonces las reservas tendrán que ser utilizadas para cumplir con dicha proporción de género”, establece la sentencia adoptada mientras el hoy presidente de la JCE, era presidente del TSE.
Lo que dice el voto disidente
La propuesta de borrador del reglamento para la aplicación de la cuota tiene el voto disidente de Dolores Fernández, que observa que el artículo 58 de la ley 33/18 no se refiere en ningún momento a los niveles de elección.
“Más aun, la ley en su artículo 58 habla de “PUESTOS”, no de “NIVELES”, como debería hacerlo si esa fuera la intención o mandato de la norma, tal como establece taxativamente el artículo 96 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral No. 20-23, a partir de la cual se estima que cuando se haga referencia a los Niveles de elección, debe hacerse en la forma que lo especifica el citado artículo”, argumenta Fernández.
Recomienda la aplicación de la cuota por la cantidad de cargos a nivel nacional en lugar de que se haga por nivel de elección como propone el reglamento de la JCE.
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